¿Cómo formar parte de la UIP o antidisturbios?

Lectores y lectoras, hoy os traemos un artículo sobre las Unidades de Intervención Policial. 

Las Unidades de Intervención son órganos móviles de seguridad pública con la finalidad de actuar en cualquier parte del territorio nacional, principalmente en los casos de prevención y de peligro inminente o de grave alteración de la seguridad ciudadana.

El requisito principal será pertenecer al Cuerpo Nacional de Policía superando dicha oposición. Una vez dentro, se podrá acceder a alguno de estas Unidades a lo largo de los dos primeros años desde la incorporación del opositor al Cuerpo, camino que podrás hacer con nosotros la cual te prepararemos de manera completa, pasando las pruebas hasta llegar a la escuela nacional de policía en Ávila.

Siempre y cuando exista, en la localidad donde hayas sido destinado, plantilla de la UIP, o en su caso, pasados los dos años sin estar destinado en ciudades con plantilla UIP, o en último caso, esperar a un movimiento interno.

MUY IMPORTANTE, no preparamos el acceso a esta unidad, excepto psicotécnicos y entrevista personal, si es tu caso llámanos.

A parte de esto, será necesario: 

  • Estar en posesión del carnet de conducir clase “B”, en periodo de validez, y compromiso de mantenerlo en vigor durante su dependencia en a UIP. 
  • No encontrarse en periodo de servidumbre o realizando otro curso. 

Cada año es publicada en la Orden General de la Policía la convocatoria para la celebración del curso selectivo con motivo de cubrir las vacantes de cada Unidad. 

Para poder acceder, se deberán superar las pruebas selectivas que una vez hayan sido aprobadas, darán opción para realizar un curso, el cual también es selectivo. 

Los cursos deberán dirigirse a los tres niveles de funciones siguientes: 

  • Cursos de dirección y mando para Comisarios, Inspectores Jefes e Inspectores. 
  • Cursos de coordinación y mando de subgrupos para Subinspectores. 
  • Cursos de ejecución para Oficiales de Policías y Policías. 

El hecho de pertenecer o haber pertenecido a una de estas Unidades, será mérito preferente para ocupar cualquiera de las vacantes existentes en las mismas, siempre que se reúnan los requisitos de la convocatoria. 

Cuando no existan voluntarios suficientes para las plazas vacantes, el Director General de la Policía podrá cubrirlas con carácter forzoso, sin que sea necesario superar los requisitos previos. En este caso, se destinará preferentemente a aquellos funcionarios que hayan prestado servicio en las referidas unidades o que se encuentren destinado en otras que tengan funciones similares. 

Aquellos funcionarios que accedan voluntariamente asumirán la responsabilidad y el compromiso de permanecer a la Unidades durante un período de tres años continuados o, en su caso, en los sucesivos dos años. 

Una vez superado el período de tiempo, los miembros que deseen permanecer en la unidad, deberán superar las pruebas que se establezcan, las cuales habrán de ser superadas en un período sucesivo de dos años. 

El hecho de no superar esta fase, determinará la baja del funcionario en las unidades. 

¿QUÉ FUNCIONES DESEMPEÑAN ESTAS UNIDADES? 

Algunas de las funciones que deben llevar a cabo son: 

  • Colaborar en la protección de SS.MM. los Reyes de España y altas personalidades tanto nacionales como extranjeras. 
  • Prevenir, mantener y restablecer, en su caso, la seguridad ciudadana.
  • Intervenir en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito público, manifestaciones y/o espectáculos públicos. 
  • Actuación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas. 
  • Actuar en situaciones de alerta policial declarada, bien por la comisión de delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecer controles y otros dispositivos policiales. 
  • Proteger lugares e instalaciones en los puestos que se les determine. 
  • Intervenir en motines y situaciones de análoga peligrosidad.

¿QUÉ ESTRUCTURA SIGUE LA U.I.P? 

Las UIP´s además de la UCI (Unidad Central de Intervención) con sede en Madrid, dispone de diez unidades ubicadas en toda la geografía española. 

  • Unidad Central de Intervención Policial – con base en Madrid y ámbito de actuación en todo el territorio nacional. 
  • Primera Unidad de Intervención Policial – con base en Madrid y ámbito de actuación preferente en: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Albacete. 
  • Segunda Unidad de Intervención Policial – con base en Barcelona y ámbito de actuación preferente en: Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.
  • Tercera Unidad de I.P. – con base en Valencia y ámbito de actuación en: Valencia, Castellón de la Plana, Alicante, Murcia e Islas Baleares. 
  • Cuarta U.I.P. – con base en Sevilla y ámbito de actuación en: Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba, Badajoz, Cáceres y Ciudad de Ceuta. 
  • Quinta U.I.P. – con base en Granada y Málaga y ámbito de actuación en Granda, Málaga, Almería, Jaén y Ciudad de Melilla. 
  • Sexta U.I.P. – con base en Bilbao y ámbito de actuación en: Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Navarra. 
  • Séptima U.I.P. – con base Valladolid y ámbito de actuación preferente en: Valladolid, León, Palencia, Burgos, Soria, Ávila, Segovia, Zamora, La Rioja y Salamanca. 
  • Octava U.I.P. – con bases en A Coruña y Vigo y ámbito de actuación en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. 
  • Novena U.I.P. – con base en Oviedo y ámbito en Asturias y Cantabria. 
  • Décima U.I.P. – con bases en las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife y ámbito de actuación: Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife. 
  • Undécima U.I.P. – con base en Zaragoza y ámbito de actuación en las provincias de Zaragoza, Hueca y Teruel. 

¿CUÁL ES EL ORIGEN DE ESTAS UNIDADES? 

Las U.I.P.´s fueron creadas mediante Real Decreto como Órganos móviles de Seguridad Pública. 

Hay un total de doce unidades. Todas ellas acumulan una dilatada experiencia en el cumplimiento de las misiones señaladas en el Real Decreto, habiendo sido partícipes en todos los grandes acontecimientos ocurridos en España en los últimos tiempos. 

Las Banderas Móviles fueron las primeras Unidades creadas en la Policía Española con misiones específicas de mantenimiento y restablecimiento del Orden Público. Comenzaron alrededor de los años sesenta, concretamente a mitad, siendo su característica principal la capacidad de desplazamiento con sus propios vehículos hasta los lugares donde se había visto alterado el Orden Público. 

Las Compañías de Reserva General (C.R.G.) constituyen el antecedente más próximo a las actuales Unidades de Intervención Policial. La Iª Compañía se crea en Logroño, en el año 1969, con una estructura claramente militar (Tres secciones y plana mayor), a continuación se crearon las mismas en diferentes localidades del panorama nacional como, Valladolid, León, Miranda de Ebro… Ciudades que se caracterizaban en un principio por su escasa conflictividad social. 

En total se llegaron a formar hasta veintidós Compañías de Reserva General que se encontraban distribuidas por toda la geografía nacional. Su coordinación era llevada a cabo desde la Agrupación de Compañías de Reserva General, antecesora también de la Jefatura de Unidades de Intervención Policial. 

Estas Unidades, intervinieron principalmente en el mantenimiento y restablecimiento del Orden Público en una época de permanentes conflictos por los acontecimientos políticos que se vivieron en aquel momento, pese a lo cual no debe olvidarse nunca, su aportación en labores de prevención, grandes catástrofes, protección de altas personalidades, acontecimientos deportivos, etc. 

A día de hoy, las U.I.P.´s se encuentran en fase de expansión siguiendo la línea de adaptación a las nuevas necesidades que demanda la sociedad española. Para hacer esto posible, se ha creado la XIª U.I.P. con base en Zaragoza y ámbito de actuación preferente en las Comunidades Autónomas de Aragón y La Rioja. 

A su vez, se ha creado el Segundo Grupo Operativo en la base de Tenerife de la Xª U.I.P. y se ha procedido a completar dos Grupos Operativos en la Iª U.I.P. y uno en la IVª U.I.P. 

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